viernes, 27 de mayo de 2011

Creación Empresas 24 Horas

Por fin se hace realidad y es posible la Constitución Rápida Sociedades 24 horas.

Ya se ha publicado en el BOE una Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la Constitución Rápida Sociedades Limitadas, con esta Instrucción ha quedado eliminada la última traba administritiva para la Creación Empresas 24 horas, también conocido como Constitución Sociedades Express.

En concreto esta instrucción hace que ya no sea necesaria la presentación en el Registro Mercantil del documento de exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados cuando se constituyan estas sociedades.

Actualmente, este requisito era lo que impedía hacer realidad la Creación Empresas 24 horas, ya que era necesario contar con la presentación del documento que acreditaba al exención del Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados que debían emitir los organimos autonómicos como paso previo a la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil.

Desde ahora, será el registrador, una vez practicada la inscripción, el que remitirá de oficio por vía telemática a la hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente, la notificación de que se ha realizado su la incripción de la empresa, independientemente de las comunicaciones que realicen tambien los notarios.

Es de destacar que para que las Asesorías puedan ofrecer el servicio Creación Empresas 24 Horas con eficacia, deberían haber sido certificadas por el CIRCE como Centro o Punto PAIT Acreditado, de esta manera las asesorías podrán ofrecer dicho servicio de manera integral, que además de ser muy rápido, como es de notar, es mucho más económico que el precio normal de Constitución Sociedades Limitadas.

Con el procedimiento telemático, la Creación de Empresa será más rápida (24 horas), más cómoda y, sobre todo, más económica, ya que sólo se tienen que realizar dos gestiones presenciales:

  1. Visitar una Asesoría, como Centro PAIT Acreditado.
  2. Asistir a la notaría concertada con la Asesoría.

Consecuentemente, se evitarán desplazamientos para realizar el resto de los trámites Contitución de Sociedades y no se necesitará utilizar formularios en papel, ya que el personal del Centro PAIT se encargará de cumplimentar sus datos en el Documento Único Electrónico (DUE), siendo el Sistema de Tramitación Telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (STT-CIRCE) el que realizará las siguientes gestiones:

  • Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE).
  • Reserva de cita con la Notaría.
  • Solicitud del NIF provisional.
  • Presentación de la Declaración Censal de Inicio de Actividad.
  • Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) en la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Inscripción en el Registro Mercantil Provincial.
  • Trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Inclusión de ficheros de datos con información personal en la Agencia de Protección de Datos.
  • Petición de la solicitud de reserva de una Marca o Nombre Comercial a la Oficina Española de Patentes y Marcas.
  • Reserva de Dominio de Internet.
  • Solicitud del NIF definitivo.


Fuente: Blog TrotaWEB